Según versión del
IMPACTO DEL SISTEMA DE CONTROL
EN LOS ESTADOS FINANCIEROS
El Sistema
Marginal de Divisas, SIMADI, establecido por el Convenio Cambiario N° 33,
contribuirá a flexibilizar el mercado
- opina Alberto Afiuni, Socio
Ejecutivo de EY Venezuela - al abrir
la posibilidad de participar en el mercado cambiario, tanto para comprar como
para vender dólares americanos, ya sea mediante transacciones en efectivo o en
títulos valores en moneda extranjera, a compañías e individuos que no califican
para acceder a los otros mecanismos establecidos por el Estado.
El
convenio establece que el tipo de cambio de referencia del SIMADI será publicado diariamente por el Banco Central de Venezuela, de acuerdo al tipo de cambio promedio
ponderado de las operaciones transadas durante cada día en los mercados de
venta de divisas y títulos en moneda extranjera en moneda nacional. Este
tipo de cambio será el aplicable a consumos con tarjetas de débito o crédito en
establecimientos comerciales, conversión de moneda extranjera para
determinación de la base imponible de obligaciones tributarias derivadas de
operaciones aduaneras, así como operaciones de compra de oro por parte del BCV.
Uno
de los aspectos que más ha preocupado a los empresarios es la determinación de
la tasa de cambio
aplicable a los estados financieros de las compañías que operan en el país. Al
respecto, Afiuni apunta que el uso de las tasas CENCOEX, SICAD o SIMADI, para
la remedición de activos y pasivos monetarios específicos y registro de
transacciones en moneda extranjera, debe fundamentarse en las circunstancias
particulares de cada compañía, tales como su capacidad legal de convertir la
moneda o de cancelar transacciones empleando esa tasa; la industria en la opera
la compañía, lo cual influye en su capacidad de acceder a una tasa específica;
así como su intención y posibilidad de transar a través un mecanismo
específico.
Con
respecto a la conversión de estados financieros en moneda extranjera, Afiuni observa que al cierre de diciembre 2014
muchas entidades migraron a la tasa SICAD o SICAD II para efectos de
consolidación. De acuerdo con las NIIF, la tasa utilizada para la conversión
debe ser la utilizada para los dividendos.
La NIC 21 señala que cuando se dispone de
varios tipos de cambio, se deberá utilizar aquel en el que pudieran ser
liquidados los flujos futuros de efectivo representados por la transacción o el
saldo considerado. Esta misma norma establece que, cuando se haya perdido
temporalmente la posibilidad de negociar dos monedas con condiciones de
mercado, la tasa de cambio a utilizar, será la primera que se fije en una fecha
posterior, en la que se pueda negociar las divisas. Por su parte, los
principios norteamericanos de contabilidad, USGAAP indican que si la ausencia de intercambio es más que
temporal, la entidad deberá considerar si es apropiado consolidar, combinar, o
aplicar el método de participación patrimonial a la operación extranjera.
De acuerdo con las consideraciones del Comité de Interpretaciones del IFRS,
debido a las restricciones cambiarias y la clasificación de Venezuela como
economía hiperinflacionaria, la aplicación de la NIC21 podría no reflejar la sustancia económica de las operaciones
en el país para una matriz en el exterior.
El Comité de Interpretaciones del IASB ha
recibido consultas de entidades con subsidiarias en Venezuela, solicitando
modificaciones en la NIC 21 ya que
la aplicación de la norma en las circunstancias del entorno económico
Venezolano podrían generar distorsiones en la información financiera. El
organismo emisor de normas, no ha concluido al respecto, pero consideró en
aquella oportunidad que la tasa SICAD II
podría representar “la mejor
aproximación a la tasa de mercado” de la divisa en la economía Venezolana.
En conclusión, la definición de la tasa de cambio a
aplicar es un tema de juicio, y en este sentido, es importante evaluar el
adecuado balanceo y análisis de la tasa de cambio aplicable a activos y pasivos
en moneda extranjera, la estructura de costos, el deterioro, las revelaciones
entre otras consideraciones, junto a una minuciosa planificación financiera y
fiscal y un continuo monitoreo de la evolución de los mecanismos cambiarios (SIMADI, SICAD y códigos arancelarios).
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