Tras explosión en Amuay
Fundehama exige justicia por muertes y daños ambientales
El artículo 108 de La Ley
Orgánica del Ambiente prevé prisión hasta por 10 años, según la gravedad el
delito tipificado, para quienes resultaren responsables por daños ambientales,
e igualmente el artículo 131 señala: "La determinación de la responsabilidad
penal de los delitos ambientales, es objetiva, para lo cual sólo basta la comprobación
de la violación, no siendo necesario demostrar la culpabilidad",
explicó el presidente de Fundehama,
José Ríos Lugo. En este sentido, dijo
que la Fundación para el Desarrollo
Humano, en Armonía con el Medio Ambiente (Fundehama), exige a las
autoridades que actúen de conformidad a las leyes ambientales para determinar
el daño causado a la atmósfera, los suelos, la flora, la fauna y demás
elementos naturales como consecuencia de la emanación de gases "altamente
tóxicos y sustancias químicas contaminantes" al quemarse tres
tanques de petróleo, tras la explosión que se produjo en la madrugada del 25 de
agosto del presente año en la refinería de Amuay. Ríos Lugo señaló: "Hay
suficientes indicios que permiten pensar a los venezolanos que hubo negligencia
y falta de prevención de los funcionarios de Pdvsa, entre ellos, su presidente
Rafael Ramírez, que conllevaron a que ocurriera este accidente que era
inminente, dado los informes de los técnicos, las denuncias de los trabajadores
de la industria petrolera, de las comunidades de la zona sobre la fuga de gas y
a las normas técnicas y estándares internacionales de previsión y seguridad que
no se siguieron al pie de la letra." Agregó que “la responsabilidad por los daños no sólo
alcanza a los funcionarios de Pdvsa, sino que la misma es extensible, en grado
de corresponsabilidad, a funcionarios de otros organismo encargados del Control
Ambiental, como el Ministerio del Ambiente, según lo que establece la Ley
Orgánica del Ambiente en su Artículo 125: "Los funcionarios públicos
responsables del Control Ambiental responderán civil, penal y
administrativamente por los hechos u omisiones realizadas en el ejercicio de
sus funciones". Ríos Lugo explicó que a pesar de que aún no se han
hecho las experticias correspondientes para determinar el impacto ambiental
producido por la emanación de gases tóxicos a la atmósfera "no es necesario ser un
experto en ambiente o ecología para evidenciar que se produjo un significativo
daño ambiental en Amuay y sus zonas aledañas, cuya magnitud debe ser hecha por
expertos, lo cual determinará la tipificación del delito cometido y la sanción
o sanciones correspondientes" Justicia con prontitud. Dadas las experiencias del pasado reciente
como en el caso del rio Guarapiche,
el Presidente de Fundehama manifestó
su preocupación por las investigaciones que adelantan los organismos, ya que
teme que estas no sean presentadas o que concluyan que no hubo responsables.
Ríos Lugo recuerda: "Allí están las leyes y las obligaciones y sanciones que prevé,
queda de las autoridades competentes y de la fuerza de la opinión pública el
que se aplique y hagan justicia, en memoria de los fallecidos”
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